

¿Trabajás sin estar registrado, o te registraron con menos sueldo o menos horas de las reales? Tenés los mismos derechos. Te decimos cómo reclamarlos.
Trabajo en negro
Que no te hayan registrado es una falta del empleador, no tuya. Contanos cómo es tu situación y te decimos cómo seguir.
Trabajás sin recibo de sueldo, sin aportes y cobrás en mano. La relación laboral existe igual y podés exigir que te registren.
Consultar por esta áreaFigurás con menos sueldo, menos horas, una fecha de ingreso posterior o una categoría más baja que la real. Las diferencias se reclaman sobre tu situación verdadera.
Consultar por esta áreaTe hacen facturar como si fueras independiente, pero cumplís horario, recibís órdenes y trabajás solo para ellos. Eso es una relación de dependencia.
Consultar por esta áreaQue no estés registrado no te quita la indemnización. Se calcula sobre tu sueldo y tu antigüedad reales, no sobre los que figuran.
Consultar por esta área¿Tu caso es otro? Contanos y te orientamos igual.
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Tu caso lo lleva personalmente uno de nuestros socios, de principio a fin.

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Por qué elegirnos
Al ser un estudio de cartera acotada, podemos darte el seguimiento y la cercanía que un reclamo laboral necesita.
Nada de intermediarios: tu reclamo lo trabaja personalmente uno de los socios del estudio, de principio a fin.
Cartera acotada y dedicación completa a cada caso. Sabés siempre en qué estado está tu reclamo.
Los reclamos laborales prescriben a los 2 años. Cuanto antes consultes, más opciones tenés para reclamar.
Toda consulta es tratada con la máxima reserva y confidencialidad profesional.
Contanos tu caso, sin compromiso.
Hablá con un abogadoCómo es la primera consulta
Contanos brevemente tu situación. Te respondemos el mismo día, sin compromiso.
Agendamos una reunión, presencial o remota, según lo que te resulte más cómodo.
Analizamos tu recibo, tu liquidación y tu situación, y te explicamos las opciones con claridad sobre tiempos y costos.
Preguntas frecuentes
Sí. La ley presume que hay una relación de trabajo cuando alguien presta servicios para otro. Que no te hayan registrado es una falta del empleador, no tuya, y no te quita ningún derecho.
Con testigos, mensajes y mails de trabajo, transferencias o pagos, fotos con uniforme, registros de ingreso o publicaciones de la empresa. En la consulta vemos qué pruebas tenés y cuáles conviene reunir.
Sí. El primer paso suele ser intimar por telegrama al empleador para que te registre correctamente. Antes de hacerlo te explicamos con claridad qué puede pasar y cómo conviene manejarlo.
Si en los hechos trabajás como empleado, facturar no cambia tu situación: podés reclamar el reconocimiento de la relación laboral y todo lo que corresponde.
Como regla general, dos años. Conviene consultar cuanto antes, sobre todo si seguís trabajando o si te despidieron hace poco.
Sí. Atendemos trabajadores de CABA y de todo el Gran Buenos Aires. La consulta puede ser por videollamada o presencial en el estudio.
Contacto
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